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Si No Autorizo que todo acto administrativo derivado del presente procedimiento, se me notifique en el correo electrónico (e-mail) consignado en el presente formulario. (Artículo 20° numeral 20.4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444- Ley del Procesamiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS)

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  • El artículo 13 del Reglamento de la LTAIP, prevé que, cuando el solicitante incumpla con cancelar el monto o costo de reproducción de la información, dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la puesta a disposición de la liquidación, su solicitud será archivada.
  • Para recoger la información el titular, si es persona natural, deberá identificarse con su documento de identidad o, si es persona jurídica, con el documento de identidad del representante legal.

Importante
INFORMACIÓN CON QUE NO CUENTE LA ENTIDAD
Artículo 13 del TUO de la Ley 27806
 
La solicitud de información no implica la obligación de las entidades de la Administración Pública de crear o producir información con la que no cuente o no tenga obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. Esta ley no faculta que los solicitantes exijan a las entidades que efectuén evaluaciones o análisis de la información que posean.
PLAZO DE ATENCIÓN A LA SOLICITUD
Artículo 11° de la LEY 27806
 
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo emitirá un pronunciamiento sobre la viabilidad de la solicitud en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, salvo que, de acuerdo a ley, por única vez se comunique al solicitante la fecha en que proporcionará la información solicitada de forma debidamente fundamentada.

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